Artículo 90. Proyectos cuya autorización administrativa corresponda a la Administración general del Estado.
Artículo 90 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial. · DOG-g-2015-90508
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-01.
Texto consolidado
1. Aquellas iniciativas empresariales cuya autorización administrativa corresponda a la Administración general del Estado también podrán ser declaradas como proyectos industriales estratégicos cuando cumplan con los requisitos recogidos en los artículos 78 o 78 bis.
2. La declaración de estas iniciativas como proyectos industriales estratégicos se ajustará al procedimiento establecido en este capítulo, pero con las siguientes especialidades.
3. La declaración como proyecto industrial estratégico producirá únicamente los efectos previstos en las letras e) y f) del artículo 79.4. La declaración también producirá el efecto previsto en el artículo 79.4.b), pero restringido a aquella parte de tramitación que se efectúe en el ámbito del sector público autonómico.
4. Una vez declarada la iniciativa empresarial como proyecto industrial estratégico, no será aplicable el procedimiento de aprobación recogido en el artículo 80, por ser otra la administración competente para autorizarlo.
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- Ver la norma completa: Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial.