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Real Decreto Vigente

Artículo 9. Peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de aplicación a los productores de energía eléctrica.

Artículo 9 del Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo. · BOE-A-2015-10927

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-11.

Texto consolidado

En la modalidad de autoconsumo tipo 2, los titulares de las instalaciones de producción, por el vertido horario definido en el artículo 3, deberán satisfacer los peajes de acceso establecidos en el Real Decreto 1544/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución que deben satisfacer los productores de energía eléctrica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-10-11.

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