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Real Decreto Derogada

Artículo 9. Actuaciones de microfinanzas.

Artículo 9 del Real Decreto 845/2011, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo. · BOE-A-2011-10973

Atención: Real Decreto 845/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Con cargo al FONPRODE se podrán financiar las siguientes actuaciones de microfinanzas, para la mejora de vida de los colectivos vulnerables y la ejecución de proyectos de desarrollo social básico:

1. Aprobación de líneas de financiación dirigidas a la concesión de microcréditos y créditos rotatorios.

2. Adquisiciones de participaciones directas o indirectas de capital o cuasi capital en entidades o vehículos de inversión financiera, dirigidos al fomento de actividades microfinancieras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-06-26.

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