Artículo 9. Aprobación de las convocatorias.
Artículo 9 del Real Decreto 597/2002, de 28 de junio, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso en los centros docentes de formación del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2002-12893
Atención: Real Decreto 597/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Subsecretario de Defensa convocará los procesos selectivos para cubrir las plazas aprobadas en la correspondiente provisión anual.
2. De requerirlo las necesidades de la seguridad nacional o de la seguridad pública, las pruebas selectivas podrán realizarse en varias convocatorias o distribuirse a lo largo del año natural sin que, en ningún caso, el total de plazas convocadas pueda exceder la provisión anual a que hace referencia el artículo 4 de este Reglamento.
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