Artículo 9. Asistencia Técnica a la Comisión Nacional de Administración Local.
Artículo 9 del Real Decreto 427/2005, de 15 de abril, por el que se regula la composición, las funciones y el funcionamiento de la Comisión Nacional de Administración Local. · BOE-A-2005-7071
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-09-04.
Texto consolidado
La Comisión Nacional de Administración Local, para el cumplimiento de sus funciones, podrá requerir del titular de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales y del titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública la elaboración de estudios y la emisión de informes por dichos órganos. Asimismo, podrá solicitarlos de cualquier otro órgano de la Administración General del Estado de acuerdo con lo dispuesto en las leyes.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-11290.
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