Artículo 9. Construcción y soluciones constructivas.
Artículo 9 del Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7. · BOE-A-2001-8971
Atención: Real Decreto 379/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los materiales que estén en contacto con el peróxido no tendrán ninguna influencia perjudicial sobre la estabilidad térmica del peróxido.
2. Las soluciones constructivas deberán ser resistentes al fuego durante 30 minutos como mínimo (REI-30 de acuerdo con la norma UNE EN 13501-2). Cuando sea necesaria una resistencia superior, se especificará en el apartado correspondiente. No será necesaria una resistencia superior para los venteos de emergencia.
3. Los almacenamiento de recipientes móviles se construirá de tal manera que los envases estén protegidos contra las inclemencias atmosféricas (lluvia/nieve, tormentas, luz solar directa, etc.).#a9.
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