Artículo 9. Órganos de gobierno del Colegio y régimen jurídico de sus actos.
Artículo 9 del Real Decreto 278/2000, de 25 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial. · BOE-A-2000-5013
Atención: Real Decreto 278/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial estará regido por los siguientes órganos de gobierno:
1.º La Junta General.
2.º La Junta Directiva.
2. Los actos emanados de los órganos colegiales, en cuanto estén sujetos al derecho administrativo, serán directamente recurribles ante los órganos correspondientes del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición.