El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 9. Régimen de sesiones.

Artículo 9 del Real Decreto 265/2025, de 8 de abril, por el que se regula el Consejo de la Memoria Democrática y el Registro Estatal de Entidades de Memoria Democrática. · BOE-A-2025-7097

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-10.

Texto consolidado

1. El Consejo se reunirá con carácter ordinario semestralmente y con carácter extraordinario cuando lo convoque la Presidencia por propia iniciativa o a solicitud de un tercio de las personas que integran el Consejo. En este último supuesto, entre la presentación de la solicitud y la efectiva celebración de la sesión no podrá transcurrir más de un mes.

2. El Consejo se podrá constituir, convocar, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas de forma física o virtual. En las sesiones que se celebren virtualmente, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

3. Para la válida constitución del Consejo, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, física o virtual, de las personas que ostentan la Presidencia y la Secretaría o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

4. Cuando estuvieran reunidas, de manera física o virtual, la Secretaría y todas las personas que integran el Consejo, o en su caso las personas que las suplan podrán constituirse válidamente como Consejo para la celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos sin necesidad de convocatoria previa cuando así lo decidan todas las personas que lo integran.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-04-10.

Más artículos de Real Decreto 265/2025

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 265/2025 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.