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Real Decreto Derogada

Artículo 9. Plazo para la resolución del procedimiento.

Artículo 9 del Real Decreto 2259/1994, de 25 de noviembre, por el que se regula los almacenes farmacéuticos y la distribución al por mayor de medicamentos de uso humano y productos farmacéuticos. · BOE-A-1995-1049

Atención: Real Decreto 2259/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La autoridad sanitaria competente adoptará las medidas sanitarias adecuadas para resolver el procedimiento, concediendo o denegando la autorización del almacén farmacéutico en el plazo de noventa días a partir de la fecha de recepción de la solicitud.

2. Se podrá requerir al solicitante la presentación de documentos adicionales y cuantas informaciones considere necesarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-01-15.

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