Artículo 9. Solicitudes de asignación gratuita de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo de asignación 2026-2030 de las instalaciones de pequeño tamaño y hospitales.
Artículo 9 del Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrollan aspectos relativos a la asignación gratuita de derechos de emisión para los años 2026-2030 y otros aspectos relacionados con el régimen de exclusión de instalaciones a partir de 2026. · BOE-A-2024-3789
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-29.
Texto consolidado
1. Los titulares de instalaciones de pequeño tamaño y de hospitales podrán presentar una solicitud de asignación gratuita de derechos de emisión para el periodo de asignación 2026-2030 para recibir derechos gratuitos en caso de que desistan de su solicitud de exclusión antes de la fecha indicada en el artículo 5.6 de este real decreto, se desestime su solicitud de exclusión, o se produzca la reintroducción de la instalación en el régimen de comercio de derechos de emisión por superación del umbral de emisiones.
2. La solicitud de asignación gratuita deberá ser presentada y completada de conformidad con lo dispuesto en el capítulo II de este real decreto.
3. En el caso de las instalaciones excluidas en el periodo 2021-2025, de acuerdo con la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, la resolución de exclusión del régimen de comercio de derechos de emisión o acto administrativo equivalente emitido por la autoridad competente, vigente en el momento de presentar la solicitud de asignación para el periodo 2026-2030, tendrá la misma validez que la autorización de emisión de gases de efecto invernadero a los efectos de lo dispuesto en el artículo 19.3.a) de la Ley 1/2005, de 9 de marzo.
4. En el caso de que se produzca la reintroducción de la instalación en el régimen de comercio de derechos de emisión, todos los derechos que se expidan se concederán a partir del año siguiente al año en que se haya superado el umbral de emisiones, o desde 2026, si la superación del umbral se produce en 2024.
Más artículos de Real Decreto 203/2024
- ← Artículo 8. Entrega de derechos de emisión.
- → Artículo 10. Reintroducción en el régimen de comercio de derechos de emisión de los hospitales y de las instalaciones…
- Ver la norma completa: Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrollan aspectos relativos a la asignación gratuita de derechos de emisión para los años 2026-2030 y otros aspectos relacionados con el régimen de exclusión de instalaciones a partir de 2026.