Artículo 9. Certificaciones.
Artículo 9 del Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos. · BOE-A-2011-4293
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-09.
Texto consolidado
La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición facilitará a quien lo solicite, certificaciones de los datos obrantes en el Registro, sin perjuicio de los límites establecidos por la normativa de aplicación al tratamiento de los datos de carácter personal.
Más artículos de Real Decreto 191/2011
- ← Artículo 8. Procedimiento para la inscripción, modificación y cancelación registral de las aguas minerales naturales …
- → Disposición adicional primera. Inscripción de empresas y establecimientos de otros estados miembros.
- Ver la norma completa: Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.