Artículo 9. Asistencia y apoyo administrativo a las Comisiones Delegadas.
Artículo 9 del Real Decreto 1886/2011, de 30 de diciembre, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno. · BOE-A-2011-20640
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-03.
Texto consolidado
Las Secretarías Técnicas de cada Comisión Delegada elaborarán los órdenes del día y las convocatorias de sus reuniones y las remitirán a los diferentes miembros, así como se responsabilizarán de las actas de las reuniones.
De todo ello remitirán copia al Secretariado del Gobierno, que las archivará y custodiará.