Artículo 9. Funciones del Consejo Rector.
Artículo 9 del Real Decreto 1342/2007, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro Español de Metrología. · BOE-A-2007-18582
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-10-27.
Texto consolidado
Son funciones del Consejo Rector las siguientes:
a) Definir las líneas generales de actuación del Centro Español de Metrología, de acuerdo con las directrices del Departamento.
b) Determinar la planificación a medio y largo plazo del Organismo y proponer al Presidente las líneas estratégicas de actuación del Centro Español de Metrología.
c) Conocer de los acuerdos y convenios de colaboración concertados por el Centro Español de Metrología en el ámbito nacional.
d) Conocer de los resultados técnicos y económicos alcanzados por el Organismo en el desarrollo de sus actividades.
e) Aprobar el anteproyecto de presupuestos del Organismo e informar anualmente las líneas básicas de su elaboración.
f) Aprobar la memoria anual del Organismo.
g) Deliberar e informar sobre todos aquellos asuntos que afectando a la gestión del Centro Español de Metrología le sean sometidos por su Presidente.