Artículo 9. Competencias de la Comisión Técnica.
Artículo 9 del Real Decreto 1184/2006, de 13 de octubre, por el que se regula la estructura, composición y funciones de la Comisión Nacional de Estadística Judicial. · BOE-A-2006-18871
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-01.
Texto consolidado
Son competencias de la Comisión Técnica:
a) Preparar las sesiones del Pleno.
b) Elaborar y elevar al pleno las propuestas de actuación y documentos cuya aprobación le corresponda.
c) Velar por el exacto cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Pleno.
d) Ejercer las competencias delegadas por el Pleno.