El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 9. Mutualistas titulares.

Artículo 9 del Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Mutualismo Judicial. · BOE-A-2011-13384

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-05.

Texto consolidado

Son mutualistas titulares, con los derechos y obligaciones que se señalan en el Texto Refundido y en el presente Reglamento, los miembros de las Carreras, Cuerpos y Escalas enumerados en el artículo 3 de este Reglamento, quienes conservarán la misma condición de mutualistas titulares cuando sean declarados jubilados y reúnan los requisitos que se establecen en el apartado 3.º del artículo 10 de este Reglamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-08-05.

Más artículos de Real Decreto 1026/2011

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1026/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.