Artículo 9. Uso de uniformes de las Fuerzas Armadas españolas.
Artículo 9 de la Orden INT/77/2014, de 22 de enero, por la que se regula el uso general del uniforme del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2014-913
Atención: Orden INT/77/2014 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los guardias civiles podrán vestir, conservando sus emblemas específicos, la uniformidad reglamentaria de las Fuerzas Armadas españolas que, por las características de la misión, resulte más apropiada cuando desarrollen sus funciones en el marco de misiones internacionales mediante la integración de miembros de la Guardia Civil o unidades del Cuerpo en estructuras militares de las propias Fuerzas Armadas.