El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 9. Subsanación de error en la solicitud.

Artículo 9 de la Orden ICT/851/2019, de 25 de julio, por la que se regula la declaración de fiestas de interés turístico nacional e internacional. · BOE-A-2019-11573

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-08-08.

Texto consolidado

En caso de omisión por el solicitante de alguno o de todos los requisitos señalados en el artículo anterior, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, presente los documentos preceptivos, con la advertencia de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-08-08.

Más artículos de Orden ICT/851/2019

En El Vínculo puedes leer Orden ICT/851/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.