Artículo 9. Comités Asesores.
Artículo 9 de la Orden ECI/3184/2005, de 6 de octubre, por la que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento Interno de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora. · BOE-A-2005-17048
Atención: Orden ECI/3184/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La CNEAI recabará para desempeñar su cometido evaluador, el asesoramiento de los miembros de la comunidad científica, articulándolo, a través de Comités Asesores, por campos científicos.
2. El nombramiento de los miembros de los Comités Asesores lo realizará el Presidente de la CNEAI, a propuesta de sus miembros y oído el Consejo de Coordinación Universitaria, entre investigadores de prestigio que, en caso de ser españoles, tengan reconocidos, al menos, tres tramos de investigación.