Artículo 9. Duración del contrato de la Dirección.
Artículo 9 de la Orden CUL/2039/2011, de 13 de julio, por la que se aprueba el Estatuto del Centro Dramático Nacional, como centro de creación artística del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. · BOE-A-2011-12505
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-21.
Texto consolidado
1. El contrato de la persona titular de la Dirección del CDN, tendrá una duración de cinco años, prorrogable por un nuevo periodo máximo de tres años.
2. En casos excepcionales, la Dirección General del INAEM podrá establecer nuevas prórrogas, previo informe favorable del Consejo Artístico del Teatro, en el que se evaluará el grado de cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan Director inicial y sus ampliaciones.
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