Artículo 9. Estudios y proyectos relativos a abastecimiento de agua en alta.
Artículo 9 de la Ley Foral 8/2022, de 22 de marzo, reguladora del Plan de Inversiones Locales. · BOE-A-2022-6451
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-01.
Texto consolidado
La dirección general con competencia en materia de Administración Local se hará cargo de la gestión, bien mediante encargo a un ente instrumental, o bien por contratación conforme a la legislación foral de contratos públicos, de los créditos del Plan de Inversiones Locales destinados a financiar estudios y proyectos relativos al abastecimiento de agua en alta, incluyendo gastos de cualquier naturaleza relacionados con servicios, inversiones y actuaciones que se consideren necesarios para su desarrollo y ejecución. En todo caso, las obligaciones reconocidas en el Presupuesto de Gastos por esta gestión se considerará gasto propio del Plan de Inversiones Locales.