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Ley Foral Vigente

Artículo 9.

Artículo 9 de la Ley Foral 3/1985, de 25 de marzo, reguladora de la iniciativa legislativa popular. · BOE-A-1985-10246

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-03-30.

Texto consolidado

1. Junto a la firma del elector se indicará su nombre y apellidos, número del documento nacional de identidad y municipio en cuyas listas electorales se halle inscrito.

2. La firma deberá ser autenticada por un Notario, por un Secretario Judicial o por el Secretario del Ayuntamiento en cuyo censo electoral se halle inscrito el firmante.

La autenticación deberá indicar la fecha y podrá ser colectiva, pliego por pliego. En este caso, junto a la fecha, deberá consignarse el número de firmas contenidas en el pliego.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-03-30.

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