Artículo 9. Pérdida de la condición de explotación calificada.
Artículo 9 de la Ley 9/2023, de 3 de abril, de Agricultura Familiar y de Acceso a la Tierra en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2023-11946
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-07.
Texto consolidado
Podrán perder la condición de explotación familiar agraria, y de las situaciones de preferencia recogidas en el capítulo II, aquéllas que incurran en alguno de los siguientes supuestos:
a) La no renovación del reconocimiento del título en el plazo establecido en el artículo 8.2, así como la falta de comunicación a la Consejería de las variaciones y modificaciones que se produzcan en relación con los datos inscritos.
b) Los establecidos en el artículo 10 del Decreto 21/2011, de 5 de abril, o norma que la sustituya.