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Ley Vigente

Artículo 9. Corresponsabilidad de las personas con discapacidad y de sus familias.

Artículo 9 de la Ley 9/2018, de 21 de diciembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad. · BOE-A-2019-1630

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-12.

Texto consolidado

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación específica aplicable, las personas con discapacidad, y en su caso, sus familiares o quienes les representen, tendrán los siguientes deberes:

a) Participar activamente en la consecución de los objetivos de mejora de calidad de vida que se determinen en los servicios o prestaciones que las administraciones pongan a su disposición.

b) Destinar íntegramente a la satisfacción de sus necesidades de atención y apoyo especializado e inclusión social, todas las prestaciones de protección social percibidas.

2. Las personas representantes legales de las personas con discapacidad que tienen su capacidad de obrar modificada judicialmente y que estuviesen recibiendo apoyo especializado a través de cualquier servicio o prestación, tienen la obligación de colaborar con la entidad prestadora del servicio para garantizar la consecución del objetivo de mejora de su calidad de vida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-01-12.

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