Artículo 9. Comisiones Especializadas y Comisiones Negociadoras.
Artículo 9 de la Ley 8/2008, de 16 de octubre, para la creación del Consejo del Diálogo Social y regulación de la participación institucional. · BOE-A-2008-17894
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-10-24.
Texto consolidado
El Consejo del Diálogo Social creará Comisiones Especializadas y Comisiones Negociadoras con la finalidad de impulsar y de negociar materias concretas, conforme regule el reglamento de funcionamiento interno.