Artículo 9. Recursos.
Artículo 9 de la Ley 7/2003, de 26 de marzo, de Inserción Sociolaboral. · BOE-A-2003-7531
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-03.
Texto consolidado
1. El Servicio Público de Empleo, directamente o a través de sus entidades colaboradoras, realizará las funciones del Segundo Nivel de Intervención Sociolaboral.
2. Se desarrollarán planes y programas de formación-empleo, de empleo de interés social y programas diseñados específicamente para personas con dificultades de inserción social y laboral.
3. Los programas dirigidos a la creación y mantenimiento de Empresas de Inserción, facilitarán la integración de estas personas en los circuitos ordinarios de empleo.