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Ley Vigente

Artículo 9. Oficina de Simplificación Administrativa y Gobierno del Dato.

Artículo 9 de la Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de simplificación administrativa. · BOE-A-2025-1

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-10.

Texto consolidado

1. Se crea la Oficina de Simplificación Administrativa y Gobierno del Dato, adscrita al departamento con competencias en materia de simplificación administrativa. Su creación y puesta en marcha no supondrá incremento de gasto en el Capítulo I, gastos del personal, del presupuesto de la Generalitat.

2. Esta Oficina tiene entre sus funciones el análisis de los procedimientos administrativos y servicios de la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental para la eliminación de las cargas administrativas y la optimización de procedimientos, contribuyendo a la agilización y eficacia de las actuaciones públicas, mediante el empleo de metodologías de análisis de procesos y el impulso de las tecnologías de la información. Asimismo, asumirá el asesoramiento y la metodología para desarrollar y poner en marcha una estrategia basada en el dato único, así como la detección de necesidades de formación de la organización.

3. La Oficina de Simplificación Administrativa y Gobierno del Dato tendrá carácter multidisciplinar y su labor se desarrollará a través de una estructura de trabajo vertical, por ámbitos o materias propias de cada departamento del Consell, y horizontal, por procedimientos comunes a todos ellos.

4. Las disposiciones de este artículo tendrán rango reglamentario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-12-10.

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