Artículo 9. Atribuciones en relación con el Parlamento de Andalucía.
Artículo 9 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2006-20848
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-27.
Texto consolidado
Corresponde a la Presidencia de la Junta de Andalucía en relación con el Parlamento de Andalucía:
a) Convocar elecciones al Parlamento de Andalucía.
b) Disolver el Parlamento de Andalucía.
c) Plantear ante el Parlamento de Andalucía la cuestión de confianza.
d) Solicitar que el Parlamento de Andalucía se reúna en sesión extraordinaria.
e) Convocar la sesión constitutiva del Parlamento de Andalucía.