Artículo 9. Objeto.
Artículo 9 de la Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2023-3348
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-21.
Texto consolidado
La Agencia tiene como objeto la ejecución de medidas, en el ámbito de las competencias autonómicas, para la implementación y cumplimiento de la política de residuos de la Comunitat Valenciana de acuerdo con lo establecido en esta ley y las disposiciones que la desarrollen, y la normativa básica estatal en materia de residuos, siguiendo las directrices de política general del Consejo y siempre que no sean la gestión directa de un servicio público.