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Ley Vigente

Artículo 9. Valor de los terrenos en la promoción de viviendas protegidas.

Artículo 9 de la Ley 5/2014, de 26 de diciembre, de Vivienda Protegida de Cantabria. · BOE-A-2015-683

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-30.

Texto consolidado

El valor de los terrenos destinados a la promoción de vivienda protegida se determinará mediante decreto del Gobierno teniendo en cuenta el precio máximo de venta de las viviendas protegidas y demás elementos protegidos y el coste de las obras de urbanización.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-12-30.

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