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Ley Vigente

Artículo 9. Colaboración y cooperación entre empresas de transporte y la Administración.

Artículo 9 de la Ley 5/2009, de 20 de octubre, de Ordenación del Transporte y la Movilidad por Carretera. · BOE-A-2009-20659

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-10-22.

Texto consolidado

La Comunidad de Madrid, en el marco de la normativa vigente y dentro del respeto a una libre y leal competencia empresarial, promoverá la colaboración entre las empresas de transporte, incentivando fórmulas de cooperación e integración entre ellas que las haga más competitivas y eficientes. A estos efectos, el Comité Madrileño de Transporte por Carretera, entidad corporativa de base privada, se configura como un órgano de representación y colaboración de las asociaciones de transporte, con las diferentes Administraciones Públicas existentes en la Comunidad de Madrid.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-10-22.

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