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Ley Derogada

Artículo 9. Infracciones.

Artículo 9 de la Ley 5/1998, de 23 de noviembre, relativa al uso en Andalucía de perros guía por personas con disfunciones visuales. · BOE-A-1999-351

Atención: Ley 5/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El incumplimiento o inobservancia de lo dispuesto en la presente Ley constituye infracción administrativa y debe sancionarse de acuerdo con lo establecido en el presente capítulo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-12-13.

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