Artículo 9. Municipios donde pueden desarrollarse.
Artículo 9 de la Ley 4/2025, de 18 de julio, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo mediante proyectos residenciales estratégicos en las Illes Balears. · BOE-A-2025-22026
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-24.
Texto consolidado
Los proyectos residenciales estratégicos podrán desarrollarse en suelo clasificado como urbano o urbanizable en municipios de más de 10.000 habitantes.