Artículo 9. Finalidad de las actuaciones de prevención.
Artículo 9 de la Ley 4/2022, de 24 de junio, de Regulación del Juego de Cantabria. · BOE-A-2022-12387
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-02.
Texto consolidado
1. El Gobierno de Cantabria desarrollará actividades de prevención del juego patológico dirigidas a la población en general y adoptará medidas orientadas a la protección de las personas usuarias, en relación con los juegos incluidos en el Catálogo de Juegos de Cantabria.
2. Las actuaciones y medidas de prevención del juego patológico irán orientadas a la consecución, entre otros, de los siguientes objetivos:
a) Desincentivar los hábitos y conductas patológicas.
b) Promover la protección de los menores de edad y de las personas vulnerables a las conductas patológicas, impidiendo su acceso a determinadas prácticas y locales de juego.
c) Reducir, diversificar y no fomentar su hábito e impedir en su gestión actividades monopolistas.