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Ley Vigente

Artículo 9. Finalidad de las actuaciones de prevención.

Artículo 9 de la Ley 4/2022, de 24 de junio, de Regulación del Juego de Cantabria. · BOE-A-2022-12387

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-02.

Texto consolidado

1. El Gobierno de Cantabria desarrollará actividades de prevención del juego patológico dirigidas a la población en general y adoptará medidas orientadas a la protección de las personas usuarias, en relación con los juegos incluidos en el Catálogo de Juegos de Cantabria.

2. Las actuaciones y medidas de prevención del juego patológico irán orientadas a la consecución, entre otros, de los siguientes objetivos:

a) Desincentivar los hábitos y conductas patológicas.

b) Promover la protección de los menores de edad y de las personas vulnerables a las conductas patológicas, impidiendo su acceso a determinadas prácticas y locales de juego.

c) Reducir, diversificar y no fomentar su hábito e impedir en su gestión actividades monopolistas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-02.

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