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Ley Derogada

Artículo 9. Participación en la elaboración de disposiciones de carácter general.

Artículo 9 de la Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y de buenas prácticas en la Administración pública gallega. · BOE-A-2006-14944

Atención: Ley 4/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Cada consellaría de la Administración autonómica publicará en su página web la relación circunstanciada y motivada de los procedimientos de elaboración de disposiciones administrativas de carácter general que estén en curso, indicando su objeto y estado de tramitación, así como la posibilidad que tienen las personas de remitir sugerencias y la forma de hacerlo.

En cualquier momento anterior al trámite de audiencia o, en su caso, al informe final de la secretaría general, las personas, individualmente o por medio de asociaciones que las agrupen o representen, podrán remitir sugerencias relativas a aquellos proyectos que les afecten. Las proposiciones, sugerencias o recomendaciones recibidas serán tenidas en cuenta por el órgano encargado de la redacción del texto del proyecto, que podrá asumirlas o rechazarlas a través de un informe final en el cual recibirán una respuesta razonada, salvo las de reconocida y notoria urgencia, que podrá ser común para todas aquellas sugerencias que planteen cuestiones sustancialmente iguales.

2. La presentación de propuestas no atribuye, por sí misma, la condición de persona interesada en el procedimiento.

3. Lo previsto en este artículo no sustituye el trámite de audiencia pública, en los supuestos en que sea preceptivo de acuerdo con la normativa de aplicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-08-03.

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