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Ley Vigente

Artículo 9. Titularidad.

Artículo 9 de la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Museos de las Illes Balears. · BOE-A-2003-8439

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-04.

Texto consolidado

1. Los museos y las colecciones pueden ser de titularidad pública o privada.

2. A los efectos de esta ley, los museos y colecciones se clasifican, según su titularidad en:

a) Museos de titularidad estatal gestionados por la comunidad autónoma.

b) Museos y colecciones de titularidad o gestión de los consejos insulares de Mallorca, Menorca, Eivissa y Formentera.

c) Museos o colecciones de titularidad municipal.

d) Museos o colecciones de titularidad privada.

e) Museos de titularidad pública, gestionados por consorcios o fundaciones públicas o privadas.

f) Museos de titularidad y gestión de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-04.

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