Artículo 9. Órganos rectores.
Artículo 9 de la Ley 3/2003, de 13 de febrero, de Cooperación Internacional para el Desarrollo. · BOE-A-2003-10839
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-01.
Texto consolidado
1. El Consejo de Gobierno dirige la Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprueba los planes plurianuales de Cooperación, en su caso, y los remite a las Cortes para su información.
2. La Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales es la responsable de la definición y ejecución de la acción del Gobierno Regional en esta materia y de la elaboración de los planes.#a2-11
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales..