Artículo 9. Disposiciones generales.
Artículo 9 de la Ley 3/2001, de 26 de abril, de la Calidad, Promoción y Acceso a la Vivienda de Extremadura. · BOE-A-2001-12265
Atención: Ley 3/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Todo proceso edificatorio, de obra nueva, rehabilitación, ampliación y demolición de viviendas se hará en armonía con el medio ambiente urbano y natural, de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley, con las determinaciones del planeamiento urbanístico y con la normativa de las ordenanzas municipales, y conforme a las licencias o autorizaciones administrativas otorgadas.