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Ley Vigente

Artículo 9. Recursos económicos.

Artículo 9 de la Ley 3/2000, de 17 de abril, por la que se crea el Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF). · BOE-A-2000-9724

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-04-26.

Texto consolidado

El Servicio Valenciano de Empleo y Formación dispondrá de los siguientes recursos económicos para el cumplimiento de sus fines:

a) Las dotaciones correspondientes de los presupuestos de la Generalidad Valenciana.

b) Los ingresos ordinarios y extraordinarios generados por el ejercicio de sus actividades.

c) Los productos y rentas de su patrimonio.

d) Los créditos, préstamos, empréstitos y otras operaciones que pueda concertar.

e) Las subvenciones, herencias, legados, donaciones y cualquier otra aportación voluntaria de las entidades u organismos públicos y privados, y de los particulares.

f) Los demás ingresos de derecho público o privado que le sea autorizado percibir o que pudiera corresponderle conforme a la normativa vigente.

g) Cualesquiera otros recursos que le puedan ser atribuidos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-04-26.

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