Artículo 9. Financiación.
Artículo 9 de la Ley 3/1996, de 11 de julio, de participación de las personas mayores y de la solidaridad entre generaciones. · BOE-A-1996-18007
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-07-19.
Texto consolidado
Los recursos del Consejo Canario de los Mayores proceden de la aportación anual consignada en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, de las subvenciones y ayudas de todo tipo de entidades públicas y privadas, de las cuotas de sus miembros, y de cualesquiera otros ingresos ajustados a Derecho.