Artículo 9. Oposición del contrato ante terceros.
Artículo 9 de la Ley 23/2001, de 31 de diciembre, de cesión de finca o de edificabilidad a cambio de construcción futura. · BOE-A-2002-2201
Atención: Ley 23/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El contrato de cesión de finca o de edificabilidad es oponible ante terceros desde que se haya hecho su inscripción en el Registro de la Propiedad.