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Ley Vigente

Artículo 9.

Artículo 9 de la Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalidad. · BOE-A-1987-28478

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-12-24.

Texto consolidado

1. El Consejero competente o el Pleno de la Corporación local en su caso, en atención a las especiales calificaciones del personal que de él dependa, excepcionalmente podrá autorizar el ejercicio de actividades de investigación, de carácter no permanente, o de asesoramiento para supuestos concretos.

2. En ningún caso podrán autorizarse dichas actividades si la persona afectada tuviera el puesto de trabajo en el Departamento que tenga encomendadas aquellas tareas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-12-24.

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