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Ley Vigente

Artículo 9. Misión.

Artículo 9 de la Ley 18/2020, de 28 de diciembre, de facilitación de la actividad económica. · BOE-A-2021-1662

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-20.

Texto consolidado

1. La misión de la Ventanilla Única Empresarial consiste en ofrecer servicios integrados, accesibles, digitales y proactivos a las empresas y los profesionales, con relación al acceso a la actividad económica y a su ejercicio en el marco del modelo catalán de administración digital.

2. La Ventanilla Única Empresarial lleva a cabo su misión con la captura y el procesamiento de los datos aportados por las empresas y los profesionales, y asegura la calidad de los datos, la unidad del dato a partir de la recogida única en origen a través de la tramitación unificada, la interoperabilidad con todos los organismos responsables y la transparencia hacia los titulares de la actividad económica con relación a los datos disponibles, así como con otros mecanismos que se establezcan en el marco del modelo de gobernanza de los datos de la Administración de la Generalidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-20.

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