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Ley Vigente

Artículo 9. Competencias de la Junta de Castilla y León.

Artículo 9 de la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del patrimonio de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-21908

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-19.

Texto consolidado

Corresponde a la Junta de Castilla y León, a propuesta del titular de la consejería competente en materia de hacienda:

a) Definir la política aplicable a los bienes y derechos del patrimonio de la Comunidad.

b) Establecer los criterios de actuación coordinada para la adecuada gestión de tales bienes y derechos.

c) Acordar o autorizar los actos de disposición, gestión, administración y explotación que esta ley le atribuye.

d) Autorizar la adquisición o enajenación de acciones, salvo cuando supongan la adquisición o la pérdida por una sociedad de la condición de empresa pública.

e) Aprobar planes sobre la utilización de edificios administrativos.

f) Las demás competencias que la ley le atribuya.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-11-19.

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