Artículo 9. Competencias de la Junta de Castilla y León.
Artículo 9 de la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del patrimonio de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-21908
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-19.
Texto consolidado
Corresponde a la Junta de Castilla y León, a propuesta del titular de la consejería competente en materia de hacienda:
a) Definir la política aplicable a los bienes y derechos del patrimonio de la Comunidad.
b) Establecer los criterios de actuación coordinada para la adecuada gestión de tales bienes y derechos.
c) Acordar o autorizar los actos de disposición, gestión, administración y explotación que esta ley le atribuye.
d) Autorizar la adquisición o enajenación de acciones, salvo cuando supongan la adquisición o la pérdida por una sociedad de la condición de empresa pública.
e) Aprobar planes sobre la utilización de edificios administrativos.
f) Las demás competencias que la ley le atribuya.