Artículo 9. Nombramiento de los representantes de las organizaciones sindicales y empresariales.
Artículo 9 de la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Canarias. · BOE-A-2015-1112
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-27.
Texto consolidado
1. El nombramiento de los representantes de las organizaciones sindicales y empresariales se realizará de acuerdo con la propuesta que formulen dichas organizaciones a través de sus órganos competentes.
2. Los representantes de las organizaciones sindicales y empresariales tendrán la condición de miembros de dichos órganos con los derechos y obligaciones inherentes a tal condición.
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