Artículo 10. Evaluación.
Artículo 10 de la Ley 10/2014, de 18 de diciembre, de participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Canarias. · BOE-A-2015-1112
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-27.
Texto consolidado
Con carácter anual, al objeto de evaluar el funcionamiento de los órganos colegiados de participación institucional, se elaborarán los informes que analicen la gestión realizada por tales órganos, que elevarán al titular del departamento competente por razón de la materia en la que el respectivo órgano tenga competencia o al órgano que asuma la representación legal del organismo autónomo o entidad de que se trate.
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