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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 9. Acreditación de datos.

Artículo 9 de la Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre Vertidos Líquidos Industriales al Sistema Integral de Saneamiento. · BOE-A-1993-31103

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-01.

Texto consolidado

1. Los datos consignados en la solicitud de vertido deberán estar debidamente justificados.

2. El Ayuntamiento y la Consejería competente en materia de medio ambiente en el caso de las actividades industriales que se refieren en el apartado 2 del artículo 7, podrán requerir, motivadamente, al solicitante un análisis del vertido, realizado por un laboratorio homologado, cuando existan indicios racionales de anomalías en los datos presentados.#dfsegunda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid..

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