Artículo 9. El presidente.
Artículo 9 de la Ley 1/2016, de 4 de abril, de impulso y consolidación del diálogo social en La Rioja. · BOE-A-2016-3831
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-04-09.
Texto consolidado
1. El presidente del Consejo ostenta la representación del mismo.
2. Son funciones del presidente:
a) Convocar las sesiones del Consejo.
b) Presidir las sesiones del Consejo y moderar el desarrollo de los debates.
c) Fijar el orden del día de las sesiones del Consejo.
d) Las demás funciones que le encomienden las leyes y el reglamento de funcionamiento interno.