Artículo 9. Ámbito de aplicación.
Artículo 9 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales. · BOE-A-2012-10756
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-01.
Texto consolidado
1. Los preceptos previstos en el presente capítulo serán de aplicación al personal dependiente de las Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha que recibe sus retribuciones conforme al Real Decreto-Ley 3/1987, de 11 de septiembre, sobre Retribuciones del Personal Estatutario del Insalud.
2. El personal no comprendido en el apartado anterior dependiente de las Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha se regirá, a los efectos de la presente ley, por la normativa que les corresponda.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-989.