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Ley Vigente

Artículo 9. Instituciones feriales.

Artículo 9 de la Ley 1/2007, de 27 de febrero, de Actividades Feriales Oficiales de Aragón. · BOE-A-2007-11531

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-22.

Texto consolidado

Las instituciones feriales son entidades con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro y constituidas legalmente, cuyo objeto específico es la organización y promoción de ferias y exposiciones oficiales. Se regirán por sus estatutos, previamente aprobados por el Departamento competente y por lo dispuesto en la normativa vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-03-22.

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