Artículo 9. Competencias administrativas.
Artículo 9 de la Ley 1/1995, de 20 de enero, de formación de las personas adultas. · BOE-A-1995-4814
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-02-01.
Texto consolidado
Las Consejerías que tenga competencias administrativas respecto a los programas formativos previstos en el artículo 5 de esta Ley, determinarán la unidad administrativa encargada de la gestión y del seguimiento de los programas.